Órganos de Contratación
PERFIL DEL CONTRATANTE
El 16 de diciembre de 2011 entró en vigor el Real Decreto Legislativo 3/2011, por el que se aprobó el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La citada ley obliga a los órganos de contratación a difundir a través de Internet su perfil de contratante para asegurar la transparencia y acceso público a la información relativa a su actividad contractual.
Perfil del contratante: Instituto de Desarrollo de Elda y Servicios Admnistrativos (IDELSA)
CIF: P5306602C
NOMBRE: Instituto de Desarrollo de Elda y Servicios Administrativos
Organismo Autónomo del Ayuntamiento de Elda
Domicilio: Plaza de la Constitución nº 1 ELDA (ALICANTE) CP 03600
Localidad: Elda
Código Postal: 03600
Provincia: Alicante
País: España
Teléfono: 96 538 04 02 / 96 698 92 31
Fax: 96 539 38 23
Correo electrónico: idelsa@elda.es
ANUNCIOS DE CONTRATACIÓN DE IDELSA:
ENLACE A LOS ANUNCIOS DE CONTRATACIÓN DE IDELSA
ENLACES AL PERFIL DEL CONTRATANTE DE IDELSA:
-ÓRGANO DE CONTRATACIÓN CONSEJO RECTOR.
-ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PRESIDENCIA.
El Instituto de Desarrollo de Elda y Servicios Administrativos (IDELSA), es un organismo autónomo que gestiona su contratación de obras, servicios y suministros, por lo que se crea este enlace de PERFIL DEL CONTRATANTE donde se editarán todas las licitaciones y adjudicaciones. Para los procedimientos de contratación los Estatutos reservan dichas funciones a dos órganos de IDELSA: El Consejo Rector y el Presidente.
Régimen de contratación del Instituto de Desarrollo de Elda y Servicios Admnistrativos (IDELSA)
Estatutos de IDELSA (Extracto)
“..Artículo 31. Régimen de contratación.
El Instituto estará sometido a la Ley de Contratos del Sector Público y demás normativa vigente en la materia...”
Funciones del Consejo Rector y del Presidente dentro del régimen de contratación:
Estatutos de IDELSA (Extracto)
CONSEJO RECTOR:
“..Artículo 11. Funciones.
Corresponde al Consejo Rector las siguientes funciones:
…..................
Contratar toda clase de obras y servicios en cuantía superior a 12.000 euros siguiendo los trámites vigentes para la contratación en las Administraciones Públicas.
La adquisición, enajenación y disposición en cualquier forma de bienes y derechos del Instituto, cuando su cuantía exceda de 12.000 euros ….......”
PRESIDENTE:
“.....Artículo 14. Atribuciones al Presidente.
El Presidente del Instituto y de su Consejo Rector tendrá las siguientes atribuciones:
…...........................
La contratación de toda clase de obras, servicios y suministros hasta 12.000 euros. Así como la adquisición, enajenación y disposición en cualquier forma de bienes y derechos del Instituto, cuando su cuantía sea inferior a 12.000 euros ….......”